Suba de encajes: un análisis jurídico del arma más silenciosa del Banco Central

Por Salvá José Luis

Introducción

En los últimos días se volvió a hablar de la “suba de encajes” como medida de política monetaria. Lo que parece un tecnicismo económico es, en realidad, una obligación jurídica central en el derecho bancario, regulada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Comprender qué significa que se incrementen los encajes permite desentrañar cómo funciona el sistema financiero y por qué esta herramienta, aunque silenciosa, repercute directamente en el crédito, la actividad económica y, en última instancia, en el empleo.

1. El encaje como obligación legal

En términos jurídicos, el encaje bancario es la proporción de los depósitos que las entidades financieras están obligadas a mantener inmovilizada como reserva en el BCRA.

  • Se trata de una reserva obligatoria, impuesta por el regulador, que no puede ser destinada a operaciones activas (préstamos, inversiones).
  • Su fundamento normativo se encuentra en la Ley de Entidades Financieras (Ley 21.526), particularmente en lo relativo a las exigencias que el BCRA puede imponer a los bancos, y en la Carta Orgánica del BCRA (Ley 24.144), que le otorga la potestad de regular la liquidez del sistema.
  • El incumplimiento genera sanciones severas, ya que se considera una infracción a la disciplina del sistema financiero.

2. Función económico-jurídica

El encaje cumple una doble función:

  1. Función de garantía: protege a los depositantes, asegurando que una parte de sus fondos esté respaldada.
  2. Función de política monetaria: permite al BCRA regular la cantidad de dinero en circulación, controlando la expansión secundaria del crédito.

Así, el encaje es una figura híbrida: un deber jurídico de las entidades y un instrumento económico del regulador.


3. ¿Qué implica una suba de encajes?

Cuando el Banco Central eleva el porcentaje de encaje:

  • Se incrementa la porción de depósitos inmovilizada.
  • Se reduce la capacidad prestable de los bancos.
  • Disminuye la liquidez en la economía.

En términos sencillos: el BCRA “detrae dinero de la economía” obligando a que quede en reserva.


4. Ejemplo ilustrativo

Supongamos que un banco recibe depósitos por $100 millones.

  • Con un encaje del 20%, debe mantener $20 millones inmovilizados y puede prestar $80 millones.
  • Si el encaje sube al 30%, ahora debe reservar $30 millones y solo puede prestar $70 millones.

Ese diferencial de $10 millones menos en créditos se traduce en menos financiamiento disponible para empresas, pymes y consumidores.


5. Impacto sistémico

  • En el crédito: se encarece o se restringe la oferta de préstamos.
  • En el consumo y la inversión: la menor liquidez frena la demanda agregada.
  • En la inflación: el objetivo declarado suele ser desacelerar la dinámica de precios.
  • En el empleo: aunque de manera indirecta, una restricción prolongada puede afectar la actividad y la creación de puestos de trabajo.

6. ¿Un peligro de “corralito”?

La suba de encajes no implica un corralito ni una restricción al retiro de depósitos.

  • El encaje se cumple hacia adentro del sistema bancario, es decir, es una obligación de los bancos frente al Banco Central.
  • No afecta la disponibilidad de los depósitos para el cliente, que sigue pudiendo retirarlos en ventanilla, cajero o transferirlos sin limitaciones.
  • En cambio, un “corralito” (como el de 2001) es una medida extraordinaria de emergencia, de carácter político y normativo, que restringe el derecho de los depositantes a disponer de sus fondos, generando un verdadero conflicto jurídico-constitucional (derecho de propiedad, contratos bancarios, responsabilidad del Estado).

La diferencia es clave: encaje es regulación preventiva y sistémica; corralito es restricción directa al ahorrista.


Conclusión

La suba de encajes no es un tecnicismo aislado: es una decisión jurídicamente fundada y jurídicamente exigible, que el BCRA utiliza como herramienta silenciosa pero poderosa de control monetario.
Desde la óptica del derecho bancario, constituye un recordatorio de que la economía no funciona en un vacío técnico, sino dentro de un marco normativo donde las reservas obligatorias moldean el crédito y, con él, el pulso de la economía real.

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