La Justicia laboral reactiva la reparación plena por trabajo en negro
El fallo Almando c/ Morales (Mendoza, 12/09/2025) marca un hito en la era post Ley Bases. La jueza Mariana Carayol reconoció el Daño Previsional como un perjuicio cierto y lo fijó en el valor de todos los aportes y contribuciones omitidos durante la relación laboral, menos lo efectivamente depositado.
Además, incorporó un Daño Moral autónomo, equivalente a un salario, por el miedo, la angustia y la discriminación de haber trabajado en negro.
Este criterio demuestra que, aunque la Ley Bases derogó las sanciones tarifadas, los tribunales recurren al derecho común de daños y al enriquecimiento sin causa para garantizar la reparación plena. Así, la informalidad laboral no sale gratis: el empleador que omite aportar deberá devolver lo retenido y responder por el daño generado.
En definitiva, la Justicia laboral empieza a llenar el vacío normativo con herramientas de reparación integral, enviando un mensaje potente: los derechos pueden transformarse, pero no desaparecen.
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