tutela judicial efectiva

¿Puede un juez suspender una ley laboral para todo el país?

Por Salvá José Luis A fines de marzo, la Confederación General del Trabajo promovió una acción judicial cuestionando la validez de la Ley 27.802. El planteo no fue menor: se pidió, en términos concretos, frenar la aplicación de buena parte de la reforma laboral por considerarla regresiva en materia de derechos. El Juzgado Nacional del

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Cuando los muertos siguen gobernando a los vivos: cómo una ley de hace un siglo asfixia a abogados y trabajadores

En la Argentina del siglo XXI seguimos presos de una ley de 1915 que obliga a esperar plazos ficticios para cobrar giros judiciales. El art. 3 de la Ley 9667 impone el “consentimiento” de tres o cinco días hábiles, que sumado a la feria judicial y las demoras bancarias condena a trabajadores y abogados a cobrar tarde, mal y devaluado.
El caso testigo de diciembre de 2023 lo demuestra: un depósito realizado el 26 de diciembre quedó congelado más de un mes por la feria, mientras la inflación superior al 200% anual licuaba su valor. Los paliativos (plazos fijos judiciales, giros parciales “salomónicos”) no salvan el crédito: el resultado siempre es pérdida.
Se trata de un problema que no solo es vetusto, sino también inconstitucional e inconvencional, porque afecta la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad y el derecho a una retribución justa y digna (CN, PIDESC, CADH, Declaración Americana).
Reformar esta norma no es un lujo: es una urgencia. La justicia no puede seguir rindiendo culto a los muertos; debe ser inmediata, eficaz y humana.

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